Certificado Energético

¿Qué es el certificado de eficiencia energética o certificado energético?

Es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre el consumo anual de energía, necesario para satisfacer la demanda energética del inmueble en condiciones normales de uso y ocupación. Se podría decir, de forma resumida, que el certificado energético indica como de eficiente, energéticamente hablando, es el inmueble. El proceso de certificación energética finaliza con la emisión de una etiqueta energética en función de la calificación energética obtenida. La escala de calificación energética es de siete letras y varía entre las letras A (edificio más eficiente energéticamente) y G (edificio menos eficiente energéticamente). En la etiqueta se recoge el consumo energético anual de la vivienda y las emisiones de CO2 asociadas a dicho consumo.

¿Quién debe realizarlo?

El propietario será el encargado de tener el certificado energético de su inmueble desde el momento en que lo anuncie para su alquiler o venta, según lo dispuesto en el RD 235/2013. Una vez realizado, el certificado energético tendrá una validez de 10 años.

Os dejamos el enlace a este real decreto: pincha aquí

¿Qué pasa si no se realiza el certificado energético?

Desde el 1 de junio de 2013, resulta obligatoria la realización del certificado de eficiencia energética para la venta o alquiler de un inmueble. Anunciar, alquilar o vender un inmueble sin el correspondiente certificado energético, puede hacer que el propietario sea sancionado económicamente. Las multas van desde los 600 euros (sanciones leves) hasta los 6000 euros (sanciones muy graves).

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

  1. Visita al inmueble: para la realización del certificado energético, es indispensable que el técnico competente haga una toma de datos “in situ”. Se deberán tomar datos sobre fachadas, ventanas, orientaciones, sombras, pilares, cubiertas, suelos, instalaciones, etc. Este punto es realmente importante, pues si los datos no son medidos de forma correcta, la calificación energética obtenida no será real, simplemente aproximada y puede hacer que sea inferior.
  2. Realización del certificado energético: una vez tomados todos los datos, se deberán interpretar e introducir en uno de los programas homologados para tal fin (calener, CERMA, CE3X, CE3). El propio programa calculará la calificación energética del inmueble.
  3. Registro: una vez realizado el certificado de eficiencia energética, se debe de registrar en el órgano competente. Hasta que este último punto no se lleve a cabo, el inmueble no podrá ser alquilado, vendido ni anunciado para tal fin. El órgano competente será el encargado de revisar el trabajo y validar el certificado energético realizado por el técnico.

 

 

 

¿Por qué realizar el certificado energético con INGEFORM?

  • Técnicos cualificados: estamos registrados en el registro de técnicos cualificados para la certificación de eficiencia energética de edificios. Realizamos un estudio detallado de las características del inmueble para que la calificación energética obtenida sea la real.
  •  Tiempo: aseguramos a todos nuestros clientes la rapidez sin dejar de lado la calidad. Garantizamos un plazo de entrega inferior a 48 horas.
  •  Registro: Nuestra empresa se encarga de registrar su certificado energético en el órgano competente.
  • Horario nocturno: en Ingeform pensamos en todas esas personas que, por motivos de trabajo, no pueden volver a casa hasta bien avanzada la tarde, por esa razón, ampliamos nuestro horario y realizamos medidas hasta las 22:00h.
  • Si decide implementar medidas de mejora con nosotros, disponemos de promociones especiales y le realizaríamos gratuitamente el nuevo certificado energético, que mejoraría la calificación energética de su inmueble.

 

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